Adecaff reclama por vía administrativa el levantamiento de las restricciones impuestas unilateralmente y su participación en la determinación de las mismas
Reclama también que se establezca una caución o garantia por los perjuicios económicos causados o la concesión de ayudas directas.
La patronal del fitness y los centros deportivos no ha seguido la estrategia de recurrir ante el TSJC las restricciones impuestas por el Govern de la Generalitat, como están haciendo otras asociaciones de otros sectores, ADECAFF ha utilizado una estrategia diferente ya que considera que se está pervirtiendo el modelo de separación de poderes haciendo intervenir al Tribunal como órgano consultivo para la función legislativa. “Los Tribunales deben valorar las leyes escuchando a las dos partes, una vez que la ley es aplicable. No es su función avalar “ex ante” la norma, eso es una función legislativa que no le compete, además de que vulnera el derecho a la defensa de la ciudadanía contra los actos administrativos, puesto que el juez se ha convertido en parte” ha declarado Iolanda Latorre, gerente de ADECAFF y abogada. Por ello, la Patronal cansada de la actuación del Departament de Salut y del Interior, ha interpuesto un escrito solicitando medidas provisionalísimas de suspensión de las restricciones impuestas en la resolución que entró en vigor el día 24 de diciembre, víspera de Navidad.
El escrito no cuestiona la necesidad de implantar medidas, cuestiona las medidas elegidas, y la manera de hacerlo.
Según ADECAFF, las medidas impuestas no cumplen los requisitos de idoneidad, necesariedad y proporcionalidad exigidos por la ley, como tampoco la elecció de la medida menos onerosa. También alega la patronal que la medida podria ser nula por estar tomada sin el consentimiento de las partes afectadas por la misma.
En resumen, la patronal argumenta que:
- La reducción del aforo al 70% es arbitraria, puesto que no se justifica por qué esa limitación servirá para prevenirr los contagios, alternativamente ADECAFF propone que la reducción sea al 90%, ya que es la cifra de población que, según el Departament de Salut, está vacunada en Catalunya.
- La limitación a 9 personas más la monitora en algunas actividades grupales es considerada por la patronal redundante, incoherente y especialmente arbitraria. No se justifica en la resolución ni en ningún informe previo que sea efectiva, especialmente atendiendo a las características de la restricción: no tienen en cuenta las dimensiones del espacio en el que se realice la actividad; hace distinción entre actividad reglada y no reglada, y entre personas federadas y no federadas, como si estas últimas no transmitieran el virus y las primeras sí; como si en las actividades regladas el virus no fuera contagioso y en las no regladas sí. A parte de no definir exactamente qué consideran actividades regladas, pues todas las actividades grupales tienen unas reglas que deben cumplirse para participar en ellas, no se entiende cuáles son las actividades no regladas y grupales a las que hace referencia.
La patronal propone eliminar esta restriccón puesto que ya está incluída en la reducción del aforo permitido y la exigencia de un espacio entre personas de 2 metros cuadrados.
- En lo que se refiere a la restricción horaria nocturna que afecta de pleno a la oferta de valor de los centros de 24 horas, la patronal considera que, dada la baja afluencia de personas en ese horario, la transmisión del virus es muy improbable, sin embargo, se está privando de la opción de cuidar su salud a colectivos que, en su mayoría, se dedican profesionalmente a servicios públicos o esenciales, como pueden ser personal de panaderías, mercados, bomberos, sanitario, etc. Y a la vez están afectando gravemente un sector concreto que basa su apuesta comercial precisamente en la actividad que están anulando con esa imposición con el consiguiente perjuicio económico y pérdida de clientes.
Se argumenta también en el escrito que estas medidas causan un perjuicio económico que podría ser evitable si se hubieran pactado previamente.
Además de todos los argumentos expuestos contra la medida, la patronal aporta un estudio de Europe Active en el que se demuestra la baja incidencia de contagios en los gimnasios europeos y españoles.
En definitiva, como ya anunció el dia 24 de diciembre ADECAFF se ha plantado y inicia una estrategia de confrontación jurídica con la administración de la Generalitat de Catalunya en la que ya no confía dado el caso omiso que ha hecho a sus peticiones de diálogo y consenso. “A través de esta nueva estrategia queremos conseguir un trato justo y proporcionado, y exigir responsabilidades a la Generalitat; sus actos no son inocuos y nos están arruinando, hemos pedido que se establezca una caución o garantía o bien que dispongan de una linea de ayudas directas si no retiran estas medidas, y llegaremos hasta el final en la exigencia de responsabilidades a estas personas que están legislando sin las garantías obligadas de defensa de la ciudadanía y saltándose la separación de poderes. Es un abuso que no vamos a tolera más” declara August Tarragó, presidente de ADECAFF.
Barcelona, 31 de diciembre de 2021
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